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Ordenanza Nº 0262/1936 Imprimir Correo electrónico

Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo Firma
0262/1936
1
1936-04-15
Artículo 1°: Concédese al Departamento Ejecutivo la facultad suficiente que establece el artículo 104, de la Ley de las Municipalidades para que proceda a la venta por liquidación o en subasta pública de todos los útiles, herramientas y demás efectos de propiedad municipal que se encuentren en desuso por deterioro o desgaste.
Artículo 2°: Oportunamente y en cada caso el Departamento Ejecutivo dará cuenta a esta corporación de las Resoluciones que adopte y el resultado que obtenga relacionado con la facultad que se le confiere por el artículo primero de esta Ordenanza
Artículo 3°: Queda igualmente facultado el Departamento Ejecutivo para entregar a cuenta de precio de otros útiles que adquiera los que hubieren sido radiados del servicio o los que considere necesario radiar por estar imposibilitados para su uso.
Artículo 4°: El total que se obtenga por las ventas que se efectúen de acuerdo con la presente Ordenanza deberá ingresar a la partida de Eventuales del Presupuesto en vigencia.
Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada y firmada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a 15 días del mes de abril del año 1936.
 

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