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Ref Expediente |
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Artículo 1°: Acuérdase a Doña Asunción Coronel de Quiroga, viuda del extinto peón de la Comuna don Juan Quiroga, una pensión vitalicia de veinticinco pesos, como un caso especial y único. Artículo 2°: hasta tanto se incluya la partida correspondiente en el nuevo Presupuesto, el referido importe de veinticinco pesos mensuales, se cargará a la Partida del inciso 35° (Eventuales) del Presupuesto vigente. Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 4°: DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES PUBLICAS DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A UN DIA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE.
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O.A. De Lucca - Secretario Legislativo - Luis Tobío - Presidente
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