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Ref Expediente |
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1
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Artículo 1°: Desígnase con el nombre de José M. Grau la avenida de circunvalación de la ciudad, conocida con el nombre de calle 1, 19, 18 y 36. Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para invertir hasta la suma de veinte mil pesos en la creación de un monumento al nombrado. Artículo 3°: Los gastos que demande esta obra serán imputados a una cuenta especial del producido de la Ordenanza N° 439 del Presupuesto de Gastos en vigencia el año 1949. Artículo 4°: Comuníquese, etc. Artículo 5°: Dada y firmada en la Sala de Sesiones Públicas del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo a seis días del mes de noviembre de 1948.
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Amador S. Loza - Secretario - José L. Picerno - Vicepresidente
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