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Ref Expediente |
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1
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Artículo 1°: Facúltase al departamento Eejcutivo para proceder a la denominación por número de las calles de los pueblos dependientes de este Partido que se encuentren comprendicos dentro del régimen catastral, sin perjuicio de las que ya tengan nombres consagrados por Ordenanzas Municipales. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 3°: Dada y firmada en la Sala de Sesiones Públicas del Honoarble Concejo Deliberante de 25 de Mayo, a un día del mes de Octubre del año 1949.
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Amador S. Loza - Secretario - José L. Picerno - Presidente
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