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Ordenanza Nº 1145/1968 Imprimir
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1145/1968
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1968-02-22

ARTICULO 1°: Autorízase a la Cooperativa Eléctrica de Bolívar a prestar, en las condiciones establecidas en el Contrato Concesión aprobado por Ordenanza 34760 de la Municipalidad de Bolívar, el servicio de energía eléctrica a la localidad de Del Valle, Partido de 25 de Mayo.
ARTICULO 2°: La zona rural a servir es la comprendida dentro de los límites siguientes: al Norte, por la Estancia Huetel -ella incluida- al Este y al Sud, por el límite con el Partido de Bolívar, y al Oeste por la Cabaña "La Verde" y la Escuela Agrícola-Salesiana- ésta incluida.
ARTICULO 3°: La Cooperativa Eléctrica de Bolívar, aplicará en los servicios que se le autoriza a prestar por la presente, las tarifas que rijan en la ciudad de Bolívar.
ARTICULO 4°: Cúmplase, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y a sus efectos, vuelva a la Municipalidad recurrente.
Sin firmas.