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Ordenanza Nº 1304/1974 Imprimir
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1304/1974
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1974-10-31

ARTICULO 1°: Institúyense premios "Honorable Concejo Deliberante 25 de Mayo" consistente en medallas y/o diplomas, a los cuales se harán acreedores los deportistas de ambos sexos que logren clasificarse ganadores, en las distintas confrontaciones y su actuación sea suficientemente meritoria, a juicio de este H. Cuerpo.
ARTICULO 2°: Antes del 30 de noviembre de cada año, las instituciones deportivas del partido, remitirán a consideración de este H. Cuerpo, los nombres de los postulantes a dichas distinciones, distinciones, estableciendo fehacientemente nómina y antecedentes de cada uno de ellos.
ARTICULO 3°: Para hacerse acreedores a la distinción que se determina en el artículo 1°, los deportistas deberán mantener una conducta tal, que cada confrontación deportiva sea fiel exponente de capacidad y corrección, enalteciendo permanentemente, el deporte de 25 de Mayo.
ARTICULO 4°. Se oorgará dicha mención sin limitación de números, pudiendo cada deportista, hacerse acreedor a tantas menciones como actuaciones descollantes lograra en finales.
ARTICULO 5°: A fin de cumplimentar lo dispuesto en la presente Ordenanza se tomar´pan los fondos pertinentes de la partida: Carácter I - Finalidad I - Jurisdicción I - Honorable Concejo Deliberante - Partida Principal 13 - Premios - del presupuesto de gastos en vigencia o de la que en su momento, pudiere reemplazarle.
ARTICULO 6°: Remítase copia de esta Ordenanza a todas las instituciones del partido.
ARTICULO 7°: Comuníquese a quienes corresponda.
Dada y firmada en la sala de sesiones públicas del H.C. D. a 28 días de octubre de 1974.
Aidor A. Stronatti - Secretario - Ricardo A. Sáenz - Presidente.