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Ordenanza Nº 1780/1986 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1780/1986
1
1986-08-11
71/86

ARTICULO 1°:Autorízase a la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Del Valle Ltda. a cobrar a los frentistas de la red de agua corriente -aunque no estén conectados al suministro del fluido- los siguientes valores trimestrales:
a) Terrenos Baldíos: A 2,50.
b) Casas de Familia: A 5,00.
c) Comercios: A 7,00.
ARTICULO 2°: La autorización suscripta en el artículo anterior tendrá operatividad desde el día primero de Septiembre de 1986.
ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, archívese.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
 

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