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Ordenanza Nº 1782/1986 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1782/1986
1
1986-08-11

ARTICULO 1°: En un plazo de 90 (noventa) días, a contar de la promulgación de la presente, el Departamento Ejecutivo elevará a este Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo un Proyecto de Obra, con su correspondiente memoria Descriptiva, que contemple los detalles técnicos de ejecución de la señalización de las calles de la Ciudad Cabecera del Distrito y sus Accesos.
ARTICULO 2°: El Proyecto de Obra referido en el artículo anterior atenderá a las siguientes pautas de trabajo:
a) Los carteles indicadores podrán contar con un espacio de publicidad.
b) Los antedichos carteles determinarán con calridad el número y nombre de la calle correspondiente, así como la dirección de circulación vehicular y la numeración de la cuadra respectiva.
c) Se determinará un cronograma de obras, comenzándose las mismas desde el radio céntrico hacia la periferia.
d) Quien tenga a cargo la confección de los carteles, dispondrá de un plazo de cinco años para la libre explotación de los espacios publicitarios si los hubiere.
e) Finalizado el plazo impuesto en el inciso anterior, los carteles indicadores y -en su caso- los espacios publicitarios pasarán a integrar al patrimonio municipal.
f) La Intendencia Municipal podrá utilizar personal de su planta permanente para la instalación de los carteles indicadores.
ARTICULO 3°: Cúmplase, regístrese, archívese.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
 

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