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235/1990
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ARTICULO 1°: Modifícanse los alcances de la Ordenanza N° 2054/90, en su Artículo 1°, en las siguientes cuestiones: Establécese para la circulación de camiones o vehículos de carga en los caminos y calles bajo la jurisdicción del Municipio de 25 de Mayo las siguientes especificaciones y máximos de carga neta: a) Chasis: 9.600 kg. b) Chasis de acoplado de dos ejes: 27.500 kg. c) Chasis con acoplado de tres o más ejes: 33.000 kg. d) Unidad tractora con semi - acoplado de hasta tres ejes: 27.500 kg. ARTICULO 2°: La presente Ordenanza; que será considerada como medida transitoria y de excepción; tiene vigencia para el acarreo de la cosecha fina producida en establecimientos del Distrito de 25 de Mayo, produciéndose la caducidad el 31 de Diciembre de 1990. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Di Salvo - Presidente.
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