Código |
Tipo |
Fecha |
Ref Expediente |
Cuerpo |
Firma |
|
1
|
|
155/1997
|
ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de 25 de Mayo y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual el Instituto se compromete a asisitir financieramente al Municipio para la construcción de dieciséis (16) módulos de vivienda completos con un mínimo de 52 m2., de superficie cubierta en el Partido de 25 de Mayo - dentro del Programa Bonaerense II - Solidaridad, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las imputaciones presupuestarias quer sean menester para el cumplimiento de esta Ordenanza. ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo deberá prever en los futuros presupuestos, las partidas necesarias para hacer frente al cumplimiento de las cuotas del préstamo hasta su cancelación. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
|
Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Julio César Unanue - Presidente
|
|