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Ref Expediente |
Cuerpo |
Firma |
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1
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07/2003
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Artículo 1º) - Convalidase en todos sus términos el Decreto Nº 114/2003 del Departamento Ejecutivo, de prórroga hasta el día 30 de junio del año 2003 de rehabilitación establecido en el Inciso a) de la Ordenanza 2702/2002, el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente. Artículo 2º) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
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