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Ordenanza Nº 2971/2008 Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 27 de Octubre de 2008

Artículo 1º: Convócase a los vecinos del Partido de 25 de Mayo que no posean plano, total o parcial, del o de los edificios de su propiedad, urbanos o rurales, a incorporarlos hasta el día 30 de Abril del año 2009, de acuerdo a lo indicado en la presente Ordenanza, con el objeto de actualizar el Archivo Catastral de planos de obras particulares.

Artículo 2º: Las incorporaciones se presentaran con la firma de un profesional habilitado por el Colegio Profesional respectivo, cuyos horarios serán a convenir entre las partes.

Artículo 3º: El legajo de incorporación de obra deberá regirse por lo establecido en la Ordenanza N° 1.525/83, CÓDIGO DE EDIFICACIÓN, como asimismo deberá contener una fotocopia de la planilla de revalúo, debidamente cumplimentada con las características edilicias correspondientes, visada y/o sellada por Arba. Los planos de incorporación de obra no se aprobarán sin el previo visado efectuado por el Colegio Profesional del respectivo contrato celebrado entre el profesional y el propietario del bien a incorporar y además de los planos de incorporación.

Artículo 4º: El valor del derecho de construcción por metro cuadrado, será el establecido por la Ordenanza Impositiva vigente para el año en curso, debiéndose abonar en la Tesorería Municipal al momento de la presentación ante este Municipio, previa liquidación de los mismos, efectuada por el Departamento de Obras Municipales y Particulares del Municipio.

Artículo 5º: Por única vez, mientras dure la vigencia del plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, exceptúase del pago de la multa por incorporación de obras clandestinas.

Artículo 6º: Para las Localidades del interior del Partido, la presentación y pago podrán realizarse indistintamente en la Delegación Municipal correspondiente o en la Municipalidad.

Artículo 7º: La Secretaría de Obras Públicas Municipal, a través del Departamento de Obras Particulares, visará y posteriormente aprobará todos los expedientes que con motivo de la presente Ordenanza se presenten ante el Municipio.

Artículo 8º: Comuniqúese al Departamento Ejecutivo.


Ernesto Raúl Ibarra
Secretario Legislativo
H.C.D. 25 de Mayo
Mario Celerino Nuñez
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

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