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Resolución Nº 1 S/N Imprimir
Código Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
s/n
1939-04-23
Artículo 1°: Recábese del Departamento Ejecutivo para que, previo estudio del asunto, proponga al Honorable Concejo Deliberante la forma que considere más práctica para la provisión y clases de chapas enumeradas destinadas a ser colocadas sobre o al costado de las puertas y portones existentes en la planta urbana de la ciudad.
Artículo 2°: De ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante lo propuesto por el Departamento Ejecutivo, éste procederá a sacar a licitación pública la provisión de las chapas necesarias.
Artículo 3°: La colocación de las mismas deberá quedar terminada lo más brevemente posible y siempre dentro del año en curso.
Artículo 4°: Los Gastos que demande el cumplimiento de la presente serán por cuenta, en cada caso, del propietario del inmueble donde deberán ser colocadas.
Artículo 5°: El costo de cada chapa al contribuyente, no podrá exceder del valor de la misma, más el importe de la mano de obra para su colocación, debiendo ésta ser efectuada por un empleado de la Comuna, o en su defecto, caso de no ser esto posible, por un jornalero a sueldo fijo, contratado por el tiempo que el Departamento Ejecutivo considere necesario.
Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, etc.
O.A. De Lucca - Secretario Legislativo - Luis Tobío - Presidente