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Ref Expediente |
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68/2000
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ARTICULO 1°) - Solicitar al Departamento Ejecutivo se arbitren los medios necesarios para la difusión de la Ley 12.312 que modifica Artículos de las Leyes 11.700 y 5.109 que rigen la realización de los comicios bonaerenses. ARTICULO 2°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Guillermo Ismael Andrada - Secretario - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
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