
| Ordenanza N° 3517/2023 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 23 de Octubre de 2023 Artículo 1º:Dispóngase la colocación de reductores físicos de velocidad en las siguientes calles de la Localidad de Del Valle: a)Calle 1 entre 6 y 8, b)Calle 1 entre 14 y 16, c)Calle 2 entre 3 y 5, d)Calle 7 entre 4 y 6, e)Calle 7 entre 12 y 14, f) Calle 7 entre 14 y 16, g)Calle 11 entre 8 y 10, h)Calle 11 entre 12 y 14, i) Calle 18 entre 7 y 9. Artículo 2º:Los reductores de velocidad a colocarse mencionados en el Artículo 1° de la presente Ordenanza estarán en un todo de acuerdo con las especificaciones técnicas y materiales acordes al terreno de que se tratay lo dispuesto por la legislación vigente. Artículo 3º:Los reductores de velocidad deberán ser señalizados con la cartelería correspondiente según la normativa vigente. Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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