
| Ordenanza N° 3519/2023 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 23 de Octubre de 2023 Artículo 1º:Dispóngase la construcción de reductores físicos de velocidad de uso urbano, en las siguientes calles de la ciudad de 25 de Mayo: a) Calle 21 entre 202 y 203. b)Calle 3 entre 39 y 40. Artículo 2º:Los reductores de velocidad a colocarse mencionados en el Artículo 1° de la presente Ordenanza estarán en un todo de acuerdo con las especificaciones técnicas y materiales acordes al terreno de que se trata y lo dispuesto por la legislación vigente. Artículo 3º:Los reductores de velocidad deberán ser señalizados con la cartelería correspondiente según la normativa vigente. Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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