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Ordenanza N° 3570/2024 Imprimir

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 12 de Agosto de 2024

REF. EXPTES. Nº 25/2024

Artículo 1º:Incorpórese al Título III SEGURIDAD EN EL TRÁNSITO de la Ordenanza N° 3133/2012 el Artículo 61 bis, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 61° bis: RÉGIMEN DE MULTAS PARA PADRES, TUTORES, CURADORES, GUARDADORES CUANDO UN MENOR DE EDAD A SU CARGO INFRINJA CUALQUIER NORMATIVA MUNICIPAL Y SEA PASIBLE DE CONTRAVENCIÓN.

Serán sancionados con multa de cincuenta módulos a quinientos:

Los padres, tutores, curadores, guardadores cuando se detecten las siguientes conductas efectuadas por menores de edad a su cargo:

a)    conducir vehículo o motovehículo sin la correspondiente licencia de conducir;

b)   violen cualquier norma de tránsito en la que resulte competente la Justicia de Faltas Municipal;

c)    produzcan desórdenes en la vía pública y lugares de acceso al público;

d)   se resistan a la autoridad y el secuestro de vehículo o motovehículo, evadan controles, o se den a la fuga.

Artículo 2º:Los importes recaudados por la aplicación en el cumplimiento de la presente serán aplicados por medio de una cuenta con afectación, exclusivamente al fomento de políticas municipales de educación, prevención y actividades que despierten interés positivo en los jóvenes, como asimismo a los mecanismos de fiscalización de la presente Ordenanza.

Artículo 3º:En los casos en que el Juzgado de Faltas lo considere y ante una supuesta infracción al Decreto Ley 8031/73 y modificatorias, deberá dar intervención a la Justicia de Paz Letrada Local.

Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

 

 

 

 

 

Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo