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Ordenanza N° 3617/2025 Imprimir

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 10 de Noviembre de 2025

REF. EXPTES. Nº 119/2025

Artículo 1º:Créase la Plataforma Digital “Agenda Virtual de Contactos de Oficios y Profesiones” del Distrito de 25 de Mayo, como herramienta de acceso público y gratuito para los ciudadanos.

Artículo 2º:La recopilación de información estará a cargo de la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico, a través de la Dirección de Empleo de la Municipalidad de 25 de Mayo. Dicha dependencia asistirá a los ciudadanos que requieran ayuda para la carga de datos o el uso de la plataforma.

Artículo 3º:La Secretaría de Producción y Desarrollo Económico a través de la Dirección de Empleo, serán responsables del seguimiento de las gestiones y del cumplimiento de los servicios registrados.

Artículo 4º:Los datos de los ciudadanos cargados para el “alta” en el sistema tendrán carácter de Declaración Jurada, y deberán incluir:

·     Nombre y apellido

·     Número de celular

·     Domicilio

·     Correo electrónico

·     Nombre de usuario

·     Contraseña

Artículo 5º:Además, se solicitará a cada postulante información complementaria: datos de contacto, currículum vitae o síntesis de experiencia laboral, matrícula habilitante (si corresponde), y certificaciones pertinentes.

Artículo 6º:En caso de incumplimiento de las condiciones establecidas en los Artículos 4° y 5°, el usuario podrá ser dado de baja de la plataforma.

Artículo 7º:Los datos registrados deberán ser actualizados al menos una vez al año. En caso de no realizar la actualización, el perfil podrá ser suspendido hasta su renovación.

Artículo 8º:La Municipalidad garantizará el uso responsable y la protección de los datos personales conforme a la Ley Nº25.326, asegurando que la información sólo se utilice con fines de contacto y difusión de servicios.

Artículo 9º:Se dispondrá puntos de acceso asistidos en las Delegaciones y Dependencias Municipales del Interior del Distrito, a fin de facilitar la inscripción de personas sin conectividad o con dificultades para el uso de herramientas digitales.

Artículo 10º:La Secretaría de Producción y Desarrollo Económico a través de la Dirección de Empleo, elaborará un informe semestral sobre el funcionamiento de la Agenda Virtual, incluyendo entre otros, datos como, cantidad de inscriptos, rubros más consultados y nivel de interacción.

Artículo 11º:La creación, diseño, mantenimiento y actualización de la plataforma estarán a cargo de la Dirección de Modernización y Estadística, en conjunto con la Dirección de Sistemas de la Municipalidad de 25 de Mayo.

Artículo 12º:El Municipio ofrecerá esta herramienta para la búsqueda rápida de contactos y permitirá que los ciudadanos soliciten formalmente los servicios y/o profesiones que requieran, vinculando la oferta con la demanda con mayor celeridad.

Artículo 13º:La Municipalidad brindará este servicio con el objetivo de acercar la oferta y la demanda, dejando constancia de que no será responsable por los resultados de los servicios prestados.

Artículo 14º:La plataforma deberá estar alojada en el sitio web oficial de la Municipalidad de 25 de Mayo (www.25demayo.gob.ar).

Artículo 15º:Las categorías de servicios de oficios y profesiones podrán ampliarse según la demanda, considerando los siguientes:

Oficios

Profesiones

Albañil

Médico: especialidad

Animador/Conductor

Agrimensor

Artesano

Arquitecto

Barbero

Contador

Carpintero

Enfermero

Cerrajero

Escribano

Electricista matriculado

Gestor/a comercial

Escultor

Ingeniero

Agricultor/ganadero

Docente

Gasista matriculado

Maestro mayor de obra

Jardinero/Parquero/Auxiliar de Jardín

Psicólogo

Masajista

Psicopedagogo

Mecánico

Abogado

Panadero/a

Acompañante terapéutico

Peluquero/a

Chef

Personal de Limpieza

Locutor

Pintor/a

Diseñador

Plomero/a

Periodista

Soldador-metalúrgico

Estilista 

Sastre/costurera

Entre otros…

Terapias alternativas: coach, Reiki, bio-decodificación, constelación.

 

Creador/a de contenido digital

 

Instalador/a de climatización

 

Tapicero/a

 

Decorador de Interiores

 

Repostero/a

 

Herrero

 

Chapista

 

Joyero

 

Montador/a de cristales y vidrios

 

Fotógrafo/a

 

Operador de atención al cliente

 

Carnicero

 

Recepcionista

 

Chofer/conductor

 

Zapatero/a

 

Cocinero/a

 

Relojero/a

 

Entre otros...

 

Artículo 16º:Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar las readecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

Artículo 17º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

 

 

 

 

Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo