
| Comunicación Nº 20/2025 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 27 de Octubre de 2025 Artículo 1º:Solicítese al Departamento Ejecutivo que informe y remita a este Cuerpo: a)Copia de todo convenio, contrato, acta acuerdo o autorización otorgada por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. (ADIF) u otro organismo del Estado Nacional respecto al uso de los terrenos ferroviarios mencionados. b) Fecha, número de Expediente y condiciones en que se habría otorgado la tenencia, comodato, cesión o permiso de uso al Municipio. c)Indicación expresa de si el convenio (en caso de existir) autoriza la cesión a terceros —en particular, a la Comisión de Fiestas— y bajo qué condiciones. d) Informe sobre las intervenciones realizadas en el predio: demolición de muros, construcciones nuevas, desalojos efectuados y obras proyectadas (corsódromo u otras). e)Indicación de la autoridad municipal responsable de supervisar y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente sobre dichos inmuebles. Artículo 2º:Los Vistos y Considerandos forma parte de la presente Comunicación. Artículo 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
VISTO: La utilización por parte del Municipio de 25 de Mayo de terrenos pertenecientes al ex Ferrocarril Roca / ex Ferrobaires, actualmente baldíos o con construcciones en desuso; y la posible autorización otorgada a la Comisión Institucional de Fiestas Populares para la realización de actividades, como la construcción de un corsódromo, en dichos terrenos; y
CONSIDERANDO: Que, los inmuebles ferroviarios son de titularidad del Estado Nacional, bajo la órbita de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. (ADIF S.E.), salvo acto de cesión o convenio expreso; Que, en el predio en cuestión, se habrían demolido paredones históricos y desalojado a familias que residían en viviendas ferroviarias; Que, se anuncia la construcción de un corsódromo en un sector de vías auxiliares y otros espacios, y la posible cesión de uso a la Comisión Institucional de Fiestas Populares que no forma parte del Municipio; Que, la Ordenanza vigente que regula permisos de uso de la Comisión de Fiestas en el Parque de la Laguna no puede aplicarse a bienes que no son de titularidad municipal, como el predio ferroviario; Que, el Honorable Concejo Deliberante tiene la responsabilidad de garantizar la transparencia, la legalidad y la correcta administración de los bienes públicos y de los permisos que se otorguen a terceros.
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