
| Comunicación Nº 01/2026 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 25 de Marzo de 2026 Artículo 1º:Se solicita al Departamento Ejecutivo informe a este Honorable Cuerpo si está en conocimiento de esta situación y que acciones ha llevado adelante en el caso de haber desafectado el mencionado bien municipal, identificado catastralmente como: Circunscripción 1°, Sección F, Quinta 105, Fracción 1, Parcela 1, Asiento Registral FS. 132. N° 836, ubicado en calle 1 y 36 de la Ciudad de 25 de Mayo, del patrimonio de todos los veinticinqueños. Artículo 2º:Informe el instrumento legal mediante el cual dicho bien hubiere sido otorgado a un particular. Artículo 3º:Informe el Expediente tramitado por ante la Municipalidad, si así fuere, que ha llevado a la disposición de tan valioso bien de todos los veinticinqueños en favor de un particular, y envíe copia del mismo. Artículo 4º:Informe las razones por las cuales no ha enviado a este Honorable Cuerpo de Concejales la Ordenanza pertinente. Artículo 5º:Informe nombre de quien en la actualidad se considera poseedor de dicho inmueble y en qué condiciones le ha sido otorgado, si fuera ese el caso. Artículo 6º:Informe y eleve a este Honorable Cuerpo toda otra documentación, si existiera, relacionada con la aparente enajenación del mencionado bien municipal. Artículo 7º:Informe al Honorable Concejo Deliberante si el Municipio de 25 de Mayo ha expedido certificado catastral para el otorgamiento del número de puerta del inmueble citado en el Expediente. Artículo 8º:Solicitar a Eden suministre información respecto de la documentación respaldatoria requerida por la entidad, a lo fines de otorgar el suministro eléctrico del inmueble sito en calle 1 y 36 de la ciudad de 25 de Mayo, identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección F, Quinta 105, Fracción 1, Parcela 1, Asiento Registral FS.132 Número 836, ubicado en calle 1 y 36. Artículo 9º:Los Vistos y Considerandos forman parte de la presente Comunicación. Artículo 10º:Comuníquese, Regístrese y Archívese.
VISTO: El terreno ubicado en la calle 1 y 36 de la ciudad cabecera de 25 de Mayo, identificado catastralmente como: Circunscripción 1°, Sección F, Quinta 105, Fracción 1, Parcela 1, Asiento Registral FS. 132. N° 836 del 12 de marzo de 1896; y,
CONSIDERANDO: Que, en Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 27 de octubre de 1997, el Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo sancionó por unanimidad la Ordenanza N° 2513/1997, en cuyo Artículo 1° se aceptaba la donación ofrecida por el Obispado de 9 de Julio a favor del Municipio de 25 de Mayo del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección F, Quinta 105, Fracción 1, Parcela 1; asiento registral fs. 132 - N° 836 del 12-3-1896 especificando en dicho Artículo que el mencionado terreno debería ser destinado a viviendas sociales y/o asistencia social y en su Artículo 2° expresaba que la escritura traslativa de dominio será otorgada por ante el Escribano Víctor Enrique Figlioli. Que, el mencionado bien forma parte desde entonces del Patrimonio Municipal de 25 de Mayo. Que, en el año 2019 la gestión anterior, encabezada por el Dr. Hernán Ralinqueo, mediante la Ordenanza N° 3352/2019 creó el Programa Municipal de Acceso al Lote y la Vivienda dentro del marco del Banco Municipal de Tierras del Partido de 25 de Mayo que funcionaba bajo la órbita del Departamento Ejecutivo, y que dicho programa tenía como objetivo principal incorporar inmuebles al patrimonio municipal para conformar, de ésta manera el Banco de Tierras Municipal. Que, hasta Diciembre de 2023 el mencionado terreno ubicado en calle 1 y 36 de la localidad de 25 de Mayo, tenía emplazado sobre su superficie un cartel con la leyenda “PROPIEDAD MUNICIPAL”. Que, en la actualidad dicho terreno ubicado en la calle 1 y 36 de la localidad de 25 de Mayo y que según consta en la antes mencionada Ordenanza Municipal N° 2513/1997, forma parte del patrimonio municipal, tiene emplazado sobre su superficie un cartel con la leyenda “PROPIEDAD PRIVADA, NO ARROJAR BASURA”, en reemplazo del antes mencionado cartel que rezaba “PROPIEDAD MUNICIPAL”. Que, con fecha 7 de junio de 2024 ingresó al Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo un pedido de Comunicación en referencia a la situación de este terreno y el mismo fue rechazado por la mayoría obtenida por el oficialismo. Que, a partir del mes de octubre de 2025 el Departamento Ejecutivo de 25 de Mayo ha comenzado a responder los pedidos de Comunicación es por eso que insistimos en saber cuál es el destino de este terreno que había sido destinado desde un principio a la construcción de vivienda sociales.
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