
| Resolución Nº 12/2022 |
|
|
Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 11 de Abril de 2022 Artículo 1º:Declárase El Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo manifiesta su acompañamiento al Proyecto de Ley de Endometriosis. Artículo 2º:Envíese copia de la siguiente Resolución a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 3º:Los Vistos y Considerando forman parte del presente proyecto de Resolución. Artículo 4º:Comuníquese, Regístrese y Archívese.
VISTO: El proyecto de Ley de Endometriosis que tiene como objetivo lograr que cada una de las mujeres que sufren y viven la enfermedad, puedan recibir todas las prestaciones necesarias de modo de alcanzar una mejor calidad de vida.
CONSIDERANDO: Que, la Endometriosis es un trastorno en el tejido que normalmente recubre el útero y crece fuera de él. Que, es una enfermedad muy compleja y delicada que sufre un alto porcentaje de mujeres y consiste en la aparición de tejido en los ovarios, las trompas de Falopio o los intestinos. Que, es una enfermedad relativamente desconocida que afecta a muchísimas mujeres, de las cuales un número bien elevado desconocen tenerla. Que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 10% aproximadamente de las mujeres padece endometriosis y es una de las principales causas de infertilidad. Entre el 30% y el 60% de las que padecen endometriosis tienen trastornos de infertilidad. Que, en nuestro País padecen la enfermedad casi un millón de mujeres, la mayoría de entre 15 y 50 años y en todo el mundo unas 176 millones de mujeres. Que, la misma se considera una enfermedad crónica, cuya historia natural se desconoce, y puede requerir un manejo a largo plazo. Que, la endometriosis se da cuando el endometrio refluye a través de las trompas con la menstruación hacia la pelvis. Allí, y produciendo pequeños sangrados en pelvis que, si no son correctamente degradados y eliminados por el propio organismo de la paciente, irán creando un cuadro de adherencias responsables en parte del cuadro de dolor e infertilidad de la paciente. El endometrio es la parte que recubre el interior del útero y se desprende en cada ciclo por la menstruación. Que, el gran problema de esta enfermedad es el sub diagnóstico, y el diagnóstico tardío, se pierde un promedio de entre 7 a 12 años hasta arribar a una conclusión adecuada. Ante síntomas de fiebre, sangre en la orina y la detección de quistes de diversos tamaños, suelen venir las derivaciones, los falsos diagnósticos y soluciones desde sacar el ovario hasta tumores cancerígenos. Que, es una enfermedad que puede empezar en el nacimiento y queda dormida hasta el momento de menstruar. Que, por medio de esta Ley se busca la igualdad de oportunidades en el acceso a la Salud, la protección integral de la persona, la realización plena de los derechos de la mujer, el respeto por la dignidad humana y acceso integral a la salud. Que, en Abril del año 2019 este Honorable Cuerpo ya ha manifestado su acompañamiento al tratamiento del Expediente de referencia iniciado por: Honorable Concejo Deliberante de Luján y cuyo motivo fue: “Manifiesta su beneplácito y expresa adhesión al proyecto de Ley del Senado Nacional, referente a información y concientización sobre la enfermedad denominada endometriosis”. de Interés Legislativo Municipal el libro “Más Municipio, Mejor Estado. Desde Azul, aportes para un modelo de gestión progresista”, y la charla de presentación que dictará su autor, el Dr. Omar Arnaldo Duclós, a realizarse el día lunes 14 de Marzo de 2022, a las 19 hs. en la Ciudad de 25 de Mayo. Artículo 2º:Envíese copia del presente Decreto a la Biblioteca Juan Francisco Ibarra de 25 de Mayo. Artículo 3º:Comuníquese, Regístrese y Archívese.
|