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Resolución N° 17/2026 Imprimir

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 08 de Junio de 2026

REF. EXPTES. Nº 52/2026

Artículo 1º: Comuníquese la problemática de la presencia de vehículos abandonados o siniestrados en la vera de las Rutas Provinciales N° 51, N° 46 y N° 30 al Administrador de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, Sr. Roberto Nicolás Caggiano, y a la Zona VI de dicho organismo, a cargo del Sr. Bernardino Capra, a fin de arbitrar los medios necesarios para su pronta remoción.

Artículo 2º: Remítase copia del presente proyecto a la Superintendencia de Seguros de la Nación a efectos de que se evalúen las medidas pertinentes para intimar a las compañías aseguradoras a proceder a la remoción de los vehículos involucrados o, en su defecto, a afrontar los costos que ello demande.

Artículo 3º: Remítase copia del presente proyecto a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, a fin de poner en conocimiento la situación y promover acciones conjuntas orientadas a la preservación de accidentes y a la correcta disposición de vehículos en desuso en la vía pública.

Artículo 4º: Los Vistos y Considerando forman parte de la presente Resolución.

Artículo 5º: Comuníquese, regístrese y publíquese.

 

VISTO:

La seguridad vial es vital en nuestras rutas y debemos concientizarnos en esto amparados con la Ley Provincial N°13.927 y Ley Nacional N° 24.449; y

 

CONSIDERANDO:

Que, según lo observado en los últimos años, se detecta una importante cantidad de vehículos (autos, camionetas, entre otros) que se encuentran a la vera de las Rutas incendiados, rotos o con averías que imposibilitan su fácil movilización;

Que,dichos vehículos permanecen en el lugar durante meses hasta ser retirados, muchos de ellos ubicados muy próximos a la cinta asfáltica;

Que,el tránsito en las Rutas Provinciales N° 51, N° 46 y N°30 es altamente concurrido, con pico de circulación en épocas de cosecha y vacaciones;

Que, conforme a lo manifestado por especialistas, la remoción de estos vehículos constituye una obligación de sus propietarios en caso de que el daño no sea total, o bien de las empresas aseguradoras de vehículos;

Que, en caso de no efectuase su retiro en tiempo y forma, los mismos pueden representar un grave riesgo para la seguridad vial;

Que, ante maniobras de esquive o distracción, estos obstáculos pueden generar siniestros viales de gravedad;

Que, según el relevamiento realizado en las tres Rutas mencionadas, se han identificado al menos trece (13) vehículos en estas condiciones.

 

 

 

 

 

 

 

 

Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo