gototopgototop
Resolución N° 37/2026 Imprimir

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 26 de Octubre de 2026

REF. EXPTES. Nº 222/2026

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante se dirige a la Dirección General de Cultura y Educación y al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, para solicitarles la evaluación, diseño e implementación conjunta del trayecto formativo “Tramas Juveniles: Mentores Estudiantiles Socioinstitucionales (M.E.S.I.) en Primera Escucha y Psicología Social”, destinado a estudiantes de 5º y 6º año de la educación secundaria y 7º año de la modalidad técnico-profesional.

Artículo 2º: El programa mencionado en el Artículo N° 1 tendrá como objetivos principales:

  1. Brindar herramientas teóricas y prácticas fundamentadas en la Psicología Social y la primera escucha para la lectura de dinámicas grupales y el acompañamiento socioafectivo entre pares.

  2. Definir e institucionalizar la figura de los Mentores Estudiantiles Socioinstitucionales (M.E.S.I.), reconociéndolos como promotores y articuladores de las necesidades que las y los estudiantes decidan colectivamente visibilizar.

  3. Conformar en cada institución educativa la Mesa ECOS como espacio periódico de co-gestión y participación activa en el diagnóstico, diseño y evaluación de propuestas socioeducativas, resguardando la responsabilidad adulta en la toma de decisiones e intervenciones complejas y excluyendo la resolución de casos individuales.

  4. Diseñar e implementar desde la Mesa ECOS esquemas de acompañamiento de trayectorias educativas entre pares bajo la metodología de “aprender enseñando”, promoviendo la tutoría, la revinculación y el apoyo pedagógico y convivencial hacia estudiantes de años inferiores.

  5. Elaborar y coordinar talleres, jornadas de participación juvenil, campañas de sensibilización y propuestas socio comunitarias que respondan a los diagnósticos elaborados por los propios jóvenes.

  6. Articular la participación y el desempeño de los M.E.S.I. en la Mesa ECOS con la acreditación formal de Prácticas Profesionalizantes y/o espacios de práctica formativa institucional.

  7. Articular sus contenidos y metodologías con la estrategia provincial “La salud mental es entre todos y todas”, la Ley N°26.150 de ESI y la Ley N° 26.657 de Salud Mental.

Artículo 3º: Solicítase que la implementación de la propuesta contemple las siguientes características pedagógicas y operativas:

  • Participación y Convocatoria: Voluntaria y optativa, en articulación directa con los Centros de Estudiantes y la comunidad educativa.

  • Contenidos Pedagógicos: Formación en Psicología Social (análisis del rol, emergentes grupales y dinámica de grupos), comunicación empática, primera escucha, pedagogía entre pares (“aprender enseñando”), ESI, prevención de consumos problemáticos y delimitación de responsabilidades éticas. El diseño curricular será constituido por un grupo de especialistas de la DGCyE y del Ministerio de Salud.

  • Protocolo de Activación ante Situaciones Complejas: Se establecerá expresamente que el rol de primera escucha de los M.E.S.I. se limita a la identificación de señales de alerta y a la derivación inmediata a los Equipos de Orientación Escolar (EOE). Queda expresamente excluida toda tarea de seguimiento, evaluación de riesgo, contención en profundidad o intervención directa ante situaciones de vulneración de derechos, ideación suicida, autolesión o consumos problemáticos. Este protocolo será co-construido con los EOE y validado por la autoridad sanitaria y educativa.

  • Modalidad Híbrida y Asincrónica: Combinación de instancias virtuales asincrónicas —que permitan a cada estudiante avanzar a su propio ritmo— con talleres y debates presenciales.

  • Docentes y Especialistas Locales: Participación de profesionales de los equipos municipales y provinciales de salud mental, desarrollo social y educación en los encuentros presenciales.

  • Trabajo de Campo e Intervención: Prácticas socioeducativas en instituciones locales, organizaciones comunitarias o programas dependientes de la Dirección de Políticas Socioeducativas, orientadas a la realización de talleres entre pares y proyectos comunitarios.

  • Acreditación de Prácticas Profesionalizantes: Reconocimiento y cómputo de las horas dedicadas al diseño de talleres, acompañamiento de trayectorias y gestión en la Mesa ECOS como acreditación oficial de Prácticas Profesionalizantes o prácticas sociocomunitarias.

  • Evaluación y Proyecto Final: Presentación de un trabajo integrador o un Proyecto de Investigación Local susceptible de ser expuesto en ferias de ciencias y jornadas comunitarias.

  • Certificación: Expedición de certificación oficial válida para la trayectoria académica, acreditación de prácticas y currículum vitae de las y los M.E.S.I. participantes.

Artículo 4º: Solicítase la creación de la distinción institucional “Escuela Cuidada”, la cual será otorgada a los establecimientos educativos que conformen sus Mesas ECOS y cuenten con cohortes de estudiantes certificados como M.E.S.I.

 

Artículo 5º: Solicítase la creación del Registro de Mentores Estudiantiles Socioinstitucionales (M.E.S.I.), a fin de que las y los egresados puedan acceder a:

  1. Reconocimiento académico que otorgue puntaje adicional o prioridad en los programas generales de becas y equidad educativa para la continuidad de sus estudios superiores en carreras afines al interés público, desarrollo comunitario o de libre elección, sin que ello implique exclusividad ni la creación de un régimen paralelo de beneficios.

  2. Instancias de formación continua y especialización promovidas por el Municipio o la Provincia.

Artículo 6º: Envíese copia de la presente Resolución a la Región Sanitaria correspondiente, a la Jefatura Distrital de Educación, a la Dirección de Políticas Socioeducativas y a las Áreas de Juventud y Salud Mental Municipal.

 

Artículo 7º: Comuníquese, regístrese y publíquese.

 

 

 

 

 

 

 

Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo