
| Ordenanza Nº 2973/2008 |
|
|
Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 10 de Noviembre de 2008 Artículo 1º: Modificase el Artículo 130 inciso b de la Ordenanza Impositiva vigente, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 130 inciso b) En un 30 % sobre el monto de las cuotas cinco y seis del año 2008 para la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal y ese porcentaje será de un 35 % aplicable a partir de la cuota número uno del año 2009.” Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
|