
| Ordenanza Nº 3118/2012 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 28 de Mayo de 2012 Artículo 1º: Dispóngase la construcción de reductores físicos de velocidad comúnmente denominados “lomos de burro”, en la calles 18, denominada Juan Domingo Perón, entre las calles 30 y 31; y 32 y 33, en los últimos veinte (20) metros antes de las esquinas 31 y 33 respectivamente. Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo podrá variar esas distancias de surgir inconvenientes para la construcción de las obras. Artículo 3º: Las obras se construirán de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas por Ordenanza Nº 3096/2011 y deberá contar obligatoriamente con los señalamientos, tanto verticales como horizontales, establecidos en dicha Ordenanza. Artículo 4º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones, imputaciones y/o modificaciones presupuestarias que fuera menester para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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