
| Ordenanza Nº 3252/2016 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 11 de Julio de 2016 Artículo 1º:Reemplácese el Artículo N° 133 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva (Ordenanza N° 3246/2016) por el texto que a continuación se detalla: Artículo 133º: –Las Bonificaciones se establecen: a) En un 20 % por ciento sobre el monto de la cuota a vencer para las Tasas por Limpieza y Conservación de la Vía Pública, para la Tasa por Servicios Sanitarios, para la Tasa por Seguridad e Higiene, para las cuotas 04 y 05 del Año 2016. b) En un 30 % sobre el monto de la cuota a vencer para la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial, para las cuotas 04 y 05 del Año 2016. c) En un 25 % sobre el monto de la cuota a vencer para las Tasas por Limpieza y Conservación de la Vía Pública, para la Tasa de Servicios Sanitarios, para la Tasa de Seguridad e Higiene y para la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial, a partir de la cuota N° 6. d) En un 25 % para todas las Tasas, en caso de abonarse en forma anual y anticipada. Artículo 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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