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Ordenanza Preparatoria Imprimir

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 09 de Noviembre de 2021

REF. EXPTE. Nº 161/2021

Artículo 1º:Autorizar la reprogramación de las deudas municipales generadas en el marco del Decreto N° 264/2020, por la suma de Pesos dieciséis millones cien mil ($ 16.100.000).

Artículo 2º:La reprogramación autorizada en el Artículo precedente tendrá las siguientes condiciones financieras:

a)   TOTAL DE LA DEUDA MUNICIPAL ALCANZADA:Pesos dieciséis millones cien mil ($16.100.000).

b)   PLAZO DE GRACIA: hasta el 1° de diciembre de 2021.

c)   PLAZO DE DEVOLUCIÓN, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS:de dieciocho (18) meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el mes de diciembre de 2021.

d)   MEDIO DE PAGO Y GARANTÍA:los recursos que le corresponda percibir a este Municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo sustituya o reemplace.

Artículo 3º:Aféctense, en favor de la Provincia de Buenos Aires, los recursos que le corresponda percibir a este Municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo reemplace, como medio de pago y garantía de la deuda reprogramada.

Artículo 4º:El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos futuros las Partidas necesarias para atender la cancelación total de la Reprogramación de Deudas Municipales generadas en el marco del Decreto N° 264/2020.

Artículo 5º:Gírese la presente y dese la intervención que corresponda a los organismos y/o las reparticiones Provinciales y/o Nacionales conforme lo establecido en la legislación vigente.

Artículo 6º:Se adjunta copia de la nota suscripta por el Intendente Municipal y enviada al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, el día 8 de enero de 2021, acogiéndose de ese modo a la nueva reprogramación de deudas municipales generadas en el marco del Decreto Nº264/2020 instaurada por el Artículo N° 48 de la Ley Nº15.225 y la Resolución N° 4/2021 del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Artículo 7º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Marcelo Martín Landaburu
Secretario Legislativo
H.C.D. 25 de Mayo
Cecilia Vanesa Pezzelatto
Presidenta
H.C.D. 25 de Mayo