
| Ordenanza Nº 3199/2014 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 28 de Julio de 2014 Articulo 4º vetado por Decreto 13/2014.
Artículo 1º:Contrólese el estacionamiento temporario en la vía pública, para la descarga de hormigón elaborado, transportado en camiones denominados “mixers o trompo”. Artículo 2º:El interesado y/o responsable de utilizar este servicio tendrá que solicitar con no menos de 24 horas de anticipación al momento de la descarga, una autorización que se solicitará por mesa de entrada. A tal fin deberá completar lo establecido en el Anexo I de la presente. Artículo 3º:El Municipio asignará un agente municipal para que regularice el tránsito vehicular en ese momento, tomando las medidas de precaución necesarias según las normativas vigentes. Artículo 4º:Establecer un arancel para la autorización de descarga de “mixer o trompo” equivalente al 25% de lo establecido en el Artículo 118 inc. C) C.1. de la Ordenanza Nº 3135/2012 por la primera hora y en forma proporcional, la fracción cada 15 minutos, para las horas restantes. Artículo 5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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