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Ordenanza Nº 1604/1984 Imprimir
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1604/1984
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1984-06-09

ARTICULO 1°: Facúltase al Intendente Municipal de Veinticinco de Mayo a reincorporar al personal municipal cesanteado entre los días 24 de Marzo de 1976 y 10 de Diciembre de 1983, y que se hubiese inscripto en el Registro de Cesanteados abierto a tal fin en tiempo y forma.
ARTICULO 2°: La reincorporación, por sí sola, no acordará al agente, derecho alguno a percibir haberes por el lapso en que no se hubiere prestado servicio.
ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza dentro de los treinta (30) días de su promulgación.
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
ARTICULO 5°: Cúmplase, regístrese, archívese.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.