gototopgototop
Comisión 5 - Dictamen Expediente Nº 67/2025 Imprimir Correo electrónico

D I C T A M E N

De la Comisión de REGLAMENTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 10 de Septiembre de 2026, con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Bloques Unión por la Patria, Frente de Todos, Frente Renovador y Peronismo Renovador y cuyo motivo es Solicita al Departamento Ejecutivo información referente a los recursos provenientes del Fondo Educación Ciencia y Tecnología afectado para el Ejercicio 2025, y al Honorable Tribunal de Cuentas informe si para el Ejercicio 2024 los ingresos y egresos de partidas correspondientes al mencionado Fondo, fueron usados conforme a la ley.”

Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente

 

 

D E S P A C H O

VISTO:

El Expediente N° 67/2025 del Honorable Concejo Deliberante; las Comunicaciones N° 08/2025 y N° 06/2026 aprobadas por este Cuerpo; las respuestas escritas y planillas del sistema R.A.F.A.M. elevadas por el Departamento Ejecutivo Municipal; las disposiciones de la LeyNacional de Financiamiento Educativo N° 26.075; la Ley Provincial de Presupuesto N° 15.394 y sus prórrogas; y el Fallo N° 176/2026 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires correspondiente al Examen de Cuentas del Ejercicio 2024; y

 

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 26.075 y las leyes de presupuesto provincial vigentes establecen con carácter obligatorio y de afectación específica que los recursos del Fondo de Financiamiento Educativo deben destinarse exclusivamente a fines y funciones vinculados directamente con la educación.

Que la legislación provincial exige explícitamente que los municipios del interior, como el Partido de 25 de Mayo, deben afectar como mínimo un cuarenta por ciento (40%) de la totalidad de los recursos percibidos a obras de infraestructura escolar en establecimientos de enseñanza obligatoria oficialmente reconocidos.

Que las respuestas brindadas por el Departamento Ejecutivo a lasComunicaciones N° 08/2025 y N° 06/2026 resultan evasivas, incompletas y genéricas, limitándose a remitir estados sintéticos de ejecución presupuestaria del sistema R.A.F.A.M. sin aportar la correspondiente desagregación analítica por proveedor, número de factura, obra realizada, establecimiento educativo beneficiado ni fundamentación jurídica de los gastos.

Que los ingresos percibidos en concepto de Fondo Educativo han registrado un crecimiento exponencial, habiéndose transferido a la Comuna la suma de $967.643.807,16en el Ejercicio 2024, la suma de $2.107.036.641,55en el Ejercicio 2025, y la suma de $1.396.066.438,01durante el primer semestre del Ejercicio 2026.

Que el apartamiento de la meta legal del 40% en infraestructura escolar configura un incumplimiento normativo reiterado e ilícito por parte de la administración municipal.

Que, en el Ejercicio 2024, sobre un total recibido de $967.643.807,16, el Municipio debió haber invertido como mínimo $387.057.522,86en infraestructura escolar, pero únicamente destinó la suma de $197.374.412,03, registrando una subejecución y desviación ilegal de fondos.

Que, de la revisión de las planillas R.A.F.A.M. correspondientes al Ejercicio 2025 y al primer semestre de 2026, se desprende la persistencia en la distorsión del destino de los fondos, rindiéndose imputaciones que no guardan relación pedagógica ni de infraestructura con la educación formal obligatoria.

Que entre las erogaciones indebidamente cargadas al Fondo Educativo durante el Ejercicio 2025 se destacan: el pago de sueldos de personal administrativo central por $38.186.992,69; gastos del Hospital Saturnino E. Unzué por $37.924.369,62; obras de alumbrado público por $103.000.000,00; obras pluviales generales por $30.135.382,75; y tareas de mantenimiento vial y servicios públicos por $21.780.060,18.

Que el uso del Fondo Educativo como una caja de rentas generales para financiar gastos corrientes del Municipio desvirtúa el espíritu de la ley y priva a los alumnos de 25 de Mayo de contar con escuelas en condiciones dignas, seguras y adecuadas de infraestructura.

Que es atribución y deber insoslayable del Honorable Concejo Deliberante ejercer el control de legalidad y la fiscalización del uso de los dineros públicos, rechazando los informes que busquen encubrir desvíos presupuestarios.

 

Desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación delsiguiente proyecto de:

 

Comunicación

ARTÍCULO 1º: RECHÁZANSEen todos sus términos las contestaciones remitidas por el Departamento Ejecutivo Municipal en respuesta a las Comunicaciones N° 08/2025 y N° 06/2026 de este Honorable Cuerpo, por resultar genéricas, parciales e insuficientes, y por no justificar documental ni legalmente el grave apartamiento del mínimo legal del cuarenta por ciento (40%) destinado a infraestructura escolar.

ARTÍCULO 2º: REITERAR Y EMPLAZARal Departamento Ejecutivo Municipal para que, en un plazo perentorio e improrrogable de diez (10) días hábiles administrativos, eleve a este Honorable Cuerpo un informe analítico pormenorizado sobre la ejecución del Fondo de Financiamiento Educativo (Fondo Educación, Ciencia y Tecnología) correspondiente al Ejercicio 2025 (monto total recibido de $2.107.036.641,55) y al Ejercicio 2026, conteniendo de manera obligatoria la siguiente documentación desglosada por incisos:

  • a)Detalle nominal, monto invertido, número de expediente licitatorio o de contratación, acta de inicio y certificado de avance de cada una de las obras de infraestructura escolar ejecutadas en establecimientos de enseñanza obligatoria del distrito, acreditando el cumplimiento de la meta legal del 40%.

  • b)Encuadre legal y fundamentación pedagógica directa que justifique la imputación al Fondo Educativo en el Ejercicio 2025 de las siguientes partidas:

  • 1.Sueldos de personal administrativo de las Secretarías de Conducción Superior, Gobierno, Hacienda y Desarrollo Económico por la suma de $38.186.992,69.

  • 2.Servicios de Salud brindados en el Hospital Saturnino E. Unzué (Jurisdicción 18.01.00) por la suma de $37.924.369,62.

  • 3.Tareas y materiales de Alumbrado Público (Partida 33.07.00) por la suma de $103.000.000,00.

  • 4.Obras de Desagües Pluviales (Partida 70.75.00) y Obras Generales por la suma de $30.135.382,75.

  • 5.Servicios Públicos generales y mantenimiento de la Dirección de Vialidad por la suma de $21.780.060,18.

  • c)Copia digital autenticada del Libro Diario, copias de facturas de proveedores y comprobantes del sistema R.A.F.A.M. asociados a las cuentas bancarias de afectación específica del Fondo Educativo de los Ejercicios 2025 y primer semestre de 2026.

  • d)Informe detallado del saldo pendiente de inversión del Ejercicio 2025, el cual asciende a $298.031.825,42, precisando la cuenta bancaria de depósito y los rendimientos financieros devengados.

ARTÍCULO 3º: REMITIRcopia íntegra de la presente Comunicación, junto con las contestaciones del Departamento Ejecutivo rechazadas y los antecedentes del Expediente N° 67/2025, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de ser incorporados formalmente al Examen de Cuentas del Ejercicio 2025 del Municipio de 25 de Mayo.

ARTÍCULO 5º:De forma.

 

 

 

 

 

 

Firman los concejales:

Galdós Carrizo            Zarza

 

 

 

 

 

Mesa de Entrada

Buscar

Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo  -  Buenos Aires  -  Argentina   -   Celular: 2345 - 658762  -  Email: hcd25@yahoo.com.ar                            Producido por Karma Web