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D I C T A M E N
De la Comisión de REGLAMENTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 20 de Noviembre de 2025, con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Bloque La Libertad Avanza y cuyo motivo es “Solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que haga saber a los particulares y al personal a su cargo, que previo a realizar obras hidráulicas en el Distrito de 25 de Mayo, deberá contarse con la autorización formal de los Organismos correspondientes., y solicita al Poder Ejecutivo Provincial que disponga los estudios técnicos y la ejecución de obras hidráulicas destinadas a mitigar los problemas de inundación.”
Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente
D E S P A C H O
Desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación del siguiente proyecto de:
Ordenanza
Artículo N°1.º:Dispóngase que toda obra hidráulica a ejecutarse dentro del Partido de 25 de Mayo deberá contar obligatoriamente con:
a) la autorización formal de la Autoridad del Agua (ADA);
b) la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) emitida por el OPDS o el Ministerio de Ambiente;
c) la autorización de la Dirección Provincial de Hidráulica;
d) la autorización previa del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo N°2.º: Ordénese al Departamento Ejecutivo que, antes de autorizar o suscribir cualquier tipo de intervención, convenio u obra hidráulica en el Distrito, requiera dictamen técnico previo de la Dirección Provincial de Hidráulica y de la ADA.
Remítase al Honorable Concejo Deliberante copia de las autorizaciones y estudios ambientales obtenidos.
Artículo N°3.º: Establézcase que toda persona física o jurídica —pública o privada— que ejecute obras hidráulicas sin cumplir las autorizaciones y controles exigidos será responsable personal y exclusivamente de los daños y perjuicios que genere.
Artículo Nº4:El Departamento Ejecutivo Municipal deberá comunicar a la Autoridad del Agua (ADA), al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), a la Dirección Provincial de Hidráulica y al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, la presente Ordenanza.
Artículo Nº5:Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal gestionar ante el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires la realización de estudios técnicos y obras hidráulicas destinadas a mitigar los efectos de las inundaciones en el Partido de 25 de Mayo y en la región.
Artículo N°6.º: De forma.
Firman los concejales:
Galdós Carrizo Zarza
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