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Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes celebrada el día 15 de Noviembre de 2022
REF. EXPTE. Nº 214/2022
Texto Ordenado - Ordenanza Nº 3434/2021
Artículo 1º:Modifíquese el Artículo 159 del Anexo I – Fiscal de la Ordenanza N° 3434/2021 Fiscal e Impositiva año 2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 159º: Abónese un Fondo para Salud para las Tasas de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública; Inspección de Seguridad e Higiene; y Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal por un 7% sobre el monto liquidado por la Tasa Municipal Correspondiente o importe básico (consumo eléctrico) facturado en la factura de Energía Eléctrica por Partida o Habilitación.
Dicho fondo tiene carácter de afectado y el objeto del mismo es aportar a cubrir las necesidades financieras que demande, el Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué” creado por la Ordenanza Nº 2404/1995 y sus modificatorias, para la compra de equipamiento e insumos y necesidades que fortalezcan el sistema de salud en todo el Partido de 25 de Mayo.
Este Fondo será cobrado de la siguiente manera:
- Quienes tengan habilitado el servicio eléctrico lo abonaran con las facturas emitidas por las Empresas y/o las Cooperativas Prestadoras de Energía Eléctrica, que presten dicho servicio dentro del Partido de 25 de Mayo.
- Quienes no tengan habilitado el servicio eléctrico lo abonaran en la liquidación de la Tasa municipal respectiva.
Las Empresas y las Cooperativas deberán rendir dicho fondo a la Municipalidad de 25 de Mayo, dentro de los 30 (treinta) días de la segunda fecha de vencimiento.”
Artículo 2º:Incorpórese el Artículo 170 bis al Anexo I – Fiscal de la Ordenanza N° 3434/2021 Fiscal e Impositiva año 2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 170° bis: Facúltese al Departamento Ejecutivo a modificar los importes definidos para cada tributo de la Ordenanza Fiscal e Impositiva, de forma trimestral, en hasta el porcentaje que resulte de aplicar el índice de precios al consumidor (IPC) acumulado al cierre del mes inmediato anterior al de la actualización, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.”
Artículo 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
María José Zarza
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo |
Cecilia Vanesa Pezzelatto
Presidenta
H.C.D. 25 de Mayo |
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