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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 23 de Noviembre de 2021
REF. EXPTE. Nº 125/2021 y Nº 126/2021
Artículo 1º:Se impone el número y nombre a las calles de la Localidad de Norberto de La Riestra de acuerdo al criterio expresado en el Anexo I y según se encuentran detallados en el Anexo II. Ambos Anexos forman parte de la presente Ordenanza.
Artículo 2º:Se implementa la numeración de los portales de inmuebles según el detalle que consta en el Anexo III, que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 3º:El Departamento Ejecutivo debe asegurar la existencia de señalización vertical informativa de nomenclatura urbana de acuerdo al Anexo L del Decreto PEN 779/1995, Sistema de Señalización Vial Uniforme, (punto “I.4 a)”), junto a la prescriptiva de sentido de circulación (“R.21 a) 1” de la citada norma) para todas las calles cuyo número o denominación se establece en la presente Ordenanza.
Artículo 4º:Deróguese, total o parcialmente, toda Ordenanza que se oponga a la presente.
Artículo 5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Marcelo Martín Landaburu
Secretario Legislativo
H.C.D. 25 de Mayo |
Cecilia Vanesa Pezzelatto
Presidenta
H.C.D. 25 de Mayo |
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