Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 23 de Octubre de 2023
REF. EXPTE. Nº 68/2023
Artículo 1º:Dispóngase la construcción de reductores físicos de velocidad de uso urbano, en las siguientes calles de la ciudad de 25 de Mayo:
a) Calle 21 entre 202 y 203.
b)Calle 3 entre 39 y 40.
Artículo 2º:Los reductores de velocidad a colocarse mencionados en el Artículo 1° de la presente Ordenanza estarán en un todo de acuerdo con las especificaciones técnicas y materiales acordes al terreno de que se trata y lo dispuesto por la legislación vigente.
Artículo 3º:Los reductores de velocidad deberán ser señalizados con la cartelería correspondiente según la normativa vigente.
Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Carlos Edgardo Botta
Secretario Legislativo Ad Hoc
H.C.D. 25 de Mayo |
Cecilia Vanesa Pezzelatto
Presidenta
H.C.D. 25 de Mayo |
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