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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 08 de Julio de 2024
REF. EXPTES. Nº 61/2023
Artículo 1º:Dispóngase la construcción de reductores físicos de velocidad comúnmente denominados “lomos de burro”, en las siguientes arterias de la ciudad de 25 de Mayo:
-sobre la Calle 10, ambos sentidos ocupando el ancho total de la calzada, a la altura de la intersección con la calle 39, (entre 38 y 39 y entre 39 y 40);
- sobre la Calle 10, ambos sentidos ocupando el ancho total de la calzada, a la altura de la intersección con la calle 41.
Artículo 2º:Los reductores de velocidad a colocarse mencionados en el Artículo 1° de la presente Ordenanza estarán en un todo de acuerdo con las especificaciones técnicas y materiales acordes al terreno de que se trata y lo dispuesto por la legislación vigente.
Artículo 3º:Los reductores de velocidad deberán ser señalizados con la cartelería correspondiente según la normativa vigente.
Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo |
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
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