|
Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 13 de Abril de 2026
REF. EXPTES. Nº 22/2026
Artículo 1º: Autorizase al Señor Intendente Municipal Ramiro Egüen a tramitar ante PROVINCIA LEASING SA., sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, contratos de locación con opción a compra, bajo la modalidad de Contrato de Leasing en forma de contratación directa conforme a lo establecido en el Artículo N°156 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por el monto total de Pesos quinientos sesenta millones trescientos cuarenta mil, más IVA ($560.340.000 más IVA).
Artículo 2º:La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujetaa las siguientes condiciones financieras:
Destino: Adquisición de 3 (tres) Motoniveladoras.
Tipo de operación: Leasing financiero.
Periodicidad de los cánones: Mensual.
Plazo: 36 meses.
Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente.
Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (Ley N°10.559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Consecuentemente la Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el contrato de leasing que se suscriba entre las partes.
Artículo 3º: Los bienes adquiridos en leasing serán destinados al equipamiento municipal de maquinarias, para ser empleados en obras de servicios públicos, municipales y de vialidad.
Artículo 4º: La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de Coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por Ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo de cubrir el presente Leasing.
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y futuros, los rubros y Partidas necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.
Artículo 6º: Autorizaseal Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios, contratos y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que acuerden las partes.
Artículo 7º: Las contrataciones se formalizarán conforme al plazo, tasas, estipulaciones contractuales y demás normas generales que Provincia Leasing SA. tiene implementadas para esta modalidad contractual.
Artículo 8º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a que, al término del contrato, evalúe la necesidad de la adquisición o no de los bienes dados en Leasing objeto del presente Proyecto.
Artículo 9º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Artículo 10º: Comuníquese, regístrese y publíquese.
Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo |
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
|