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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 14 de Octubre de 2024
REF. EXPTES. Nº 144/2024
Artículo 1º:Expresar su apoyo al urgente tratamiento y su correspondiente sanción en el Congreso de la Nación, al proyecto de Ley que propone incorporar el inciso x) al Artículo N° 26 de la Ley N° 20.628, para eximir del pago del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores de la salud por los ingresos mensuales en guardias obligatorias y horas extras en el sistema de salud.
Artículo 2º:Envíese copia de la presente Resolución a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, solicitando su adhesión a la misma.
Artículo 3º:Envíese copia de la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Artículo 4º:Los Vistos y Considerando forman parte de la presente Resolución.
Artículo 5º:Comuníquese, regístrese y publíquese.
VISTO:
El proyecto de Ley para eximir del pago del impuesto a las ganancias a trabajadores/as de la salud por los ingresos mensuales en guardias obligatorias y horas extras en el sistema de salud, y
CONSIDERANDO:
Que la iniciativa presentada en la Cámara de Diputados de la Nación está acompañada por legisladores nacionales, secretarios de salud, representantes gremiales, directivos de diversos Hospitales y personal sanitario.
Que la aprobación de dicho proyecto representaría un impacto marginal en el presupuesto nacional, habida cuenta que el universo que alcanza no es relevante en términos de recaudación, pero que tendría un importante aporte para poder cubrir adecuadamente los servicios de guardias médicas.
Que, como una forma de paliar la falta de profesionales de la salud, en mayo de 2023 durante el mandato de Sergio Massa en el Ministerio de Economía Nacional, el Poder Legislativo sancionó la Ley N° 27.718 de Impuesto a las Ganancias que dicta “están exentas del gravamen las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional.”
Que, cabe recordar que con la aprobación del paquete fiscal y la Ley Bases de Javier Milei, los profesionales de la salud que estaban exentos del tributo volvieron a ser incorporados. De esta manera los profesionales tuvieron que incluir esos conceptos a la hora de calcular sus salarios y muchos agentes de salud dejaron de prestar atención en las guardias de hospitales y clínicas para no sufrir los descuentos.
Que, con esa medida del gobierno de Milei, volvemos a tener una tremenda crisis en el sistema de salud. Una decisión irresponsable e improvisada que pone en peligro la atención médica de millones de argentinas y argentinos.
Que es creciente la preocupación de médicos, gremios de la salud e Intendentes de todo el País que ven peligrar la cobertura de las guardias en los Hospitales ante el regreso del impuesto a las ganancias.
Que, de lo que se trata, en definitiva, es de que trabajadores y trabajadoras de la salud que realicen más de cuatro guardias mensuales en servicios de emergencias y que excedan el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias, no tributen por ese excedente salarial. Esta norma permitirá corregir un problema que impide a quienes dirigen o administran sistemas de salud cubrir las licencias y mantener completos los planteles de guardia.
Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo |
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
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