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Ordenanza Nº 0120/1928 Imprimir Correo electrónico

Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo Firma
0120/1928
1
1928-09-09
Artículo 1°: Refórmase el artículo 2 de la ordenanza N° 99 el que quedará redactado con el mismo número y en la forma siguiente: Art. 2°: A los efectos de la financiación de la obra autorízase al Departamento Ejecutivo para gestionar con el Banco de la Provincia la percepción del importe de las patentes de rodados de acuerdo a las condiciones de que establece la Ordenanza N° 100.
Artículo 2°: Refórmase el artículo 1° de la ordenanza N° 100, el que quedará redactado con el mismo número y en la forma siguiente: Art. 1°: Facúltase al Departamento Ejeutivo para convenir con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, la percepción por cuenta de la Municipalidad de 25 de Mayo del importe de las patentes de rodados durante los años 1929, 1930, 1931 y 1932, recaudación sujeta a las condiciones que más adelante se establecen.
Artículo 3°: Refórmese el artículo 8 de la ordenanza N° 100, el que quedará redactado con el mismo número y en la forma siguiente: Art. 8°: Autorízase al Banco de la Provincia de Buenos Aires, para cancelar con los fondos a depositarse en la cuenta especial que menciona el artículo 5°, el importe de los documentos descontables que la Municipalidad de 25 de Mayo entregará a la empresa adjudicataria de las obras "Casa Sede Municipalidad de 25 de Mayo" y a la devolución de los depósitos en garantía si la Municipalidad no efectuase el recibo definitivo de las obras.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Artículo 5°: Dada y firmada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a 9 de septiembre de 1928.
 

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