gototopgototop
Ordenanza Nº 0200b/1932 Imprimir Correo electrónico

Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo Firma
0200b/1932
1
1932-09-08
Artículo 1°: Autorízase a los señores Erosa y Prida Hermanos para construir un desvío que comunique el galpón de depósito que poseen en la calle 10 y 36 de esta ciudad, con las vías del F.C. Surel que será utilizado para el paso de los vagones para la carga y descarga de mercaderías generales, con las siguientes obligaciones: a) Deberán colocar barrera que atendidas por una persona mayor hagan detener el tráfico por las calles mientras pasan los trenes. b) Deberán tener preferencia para hacer el tráfico de trenes por dicho desvío en horas de menor movimiento de vehículos y peatones por las calles que afecta el desvío, no pudiendo en ningún momento dejar estacionado e interrumpiendo las calles vagones o vehículos con carga para los mismos. c) Deberán cuidar y arreglar continuamente el tramo de las calles que atraviesa las vías para no dificultar el tráfico de vehículos. d) Deberán construir y mantener en perfectas condiciones las alcantarillas de desagües que sean indispensables a juicio del Departamento Ejecutivo. e) L os señores Erosa y Prida hermanos, no podrán vender o transferir a firma o empresa alguna el derecho al uso del desvío, sinprevia autorización por parte de la Municipalidad. f) La Municipalidad se reserva el derecho de hacer levantar las vías en cualquier momento que las necesidades públicas lo requieran o así lo determine el Honorable Concejo Deliberante, bastando para ello con acordar a los interesados un plazo de seis meses.
Artículo 2°: A los efectos de documentar las condiciones en que se otorga esta autorización el Departamento Ejecutivo hará extender las correspondientes escrituras públicas por ante escribano que designará oportunamente, debiendo abonar los gastos que origine la misma los señores Erosa y Prida Hermanos.
Artículo 3°: A los efectos de documentar las condiciones en que se otorga esta autorización el Departamento Ejecutivo hará extender las correspondientes escrituras públicas por ante escribano que designará oportunamente, debiendo abonar los gastos que origine la misma los señores Erosa y Prida Hermanos.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada y firmada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de septiembre del año mil novecientos treinta y dos.
 

Mesa de Entrada

Buscar

Legislación Municipal

Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo  -  Buenos Aires  -  Argentina   -   Teléfono (02345) 462729  -  Email: hcd25@yahoo.com.ar            Producido por Karma Web