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Ordenanza Nº 0351/1938 Imprimir Correo electrónico

Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo Firma
0351/1938
1
1938-12-29
Artículo 1°: La municipalidad se hace cargo del pago de la cuenta proveniente de la construcción de los pavimentos correspondientes a la Iglesia y casa parroquial anexa.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo efectuará los pagos correspondientes con cargo a la partida que para pago de pavimentos de partes municipales se determine en el Presupuesto para el ejercicio 1939.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES PUBLICAS DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A 29 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 1938.
O.A. De Lucca - Secretario Legislativo - Luis Tobío - Presidente
 

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