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Ref Expediente |
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Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que de acuredo a las necesidades de la localidad de Gobernador Ugarte, resuelva lo que estime pertinente respecto a la ampliación de alumbrado público solicitada por ese vecindario. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1938.
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O.A. De Lucca - Secretario Legislativo - Luis Tobío - Presidente
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