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Artículo 1°: Acéptase la donación de Don Juan Francisco Ibarra del uso del inmueble sito en la calle 27- 8 y 9 de esta ciudad, conforme a las indicaciones de su apoderado, Dr. Eduardo Rivarola de fecha 19 de junio y 10 de agosto del año 1945, destinandose exclusivamente para instalar un Museo Histórico de Bellas Artes, y de Historia Natural. Artículo 2°: El Museo será dirigido y administrado por el Comité Cultural de 25 de Mayo, mientras esta entidad subsista o por la que le suceda a su disolución. Artículo 3°: La Municipalidad se obliga a mantener el Museo en el local cuyo uso es donado, por el tiempo de la donación y durante el mismo ostentará en la entrada principal el nombre "Museo Municipal Paula Florido" Artículo 4°: Todos los actos y ceremonias a realizarse en el mismo, incluso el de su inauguración serán de carácter extrictamente civil, debiéndose llevar a cabo, conferencias, exposiciones y cursos atinentes a los fines del Museo y únicamente exhibiciones cinematográficas, cuyo asunto se relacione con el mismo. Artículo 5°: El donante o el Presidente de la Univesidad de la Plata, podrán exigir la íntegra aplicación y cumplimiento de las condiciones antes nombradas, pudiendo en última instancia revocarse si aquellas no fueran íntegramente observadas. Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 7°: Dada y firmada en la Sala de Sesiones Públicas del Honorable Concejo Deliberante a veintitrés días del mes de Abril del año 1949.
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Amador S. Loza - Secretario - José L. Picerno - Presidente
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