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Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a tomar del excedente el saldo calculado del ejercicio de 1937, la cantidad necesaria, para el pago de los servicios de amortización e intereses del empréstito sancionado por Ordenanza N° 327. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. DADA Y FIRMADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A 22 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 1938
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