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Ref Expediente |
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Artículo 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo para que solamente cobre el cincuenta por ciento (50%) del consumo total de corriente eléctrica que suministre la Usina, para alumbrado extraordinario de las calles que recorrerá el corso durante las noches de carnaval del corriente año. Artículo 2°: Comuníquese al Deaprtamento Ejecutivo a sus efectos. DADA Y FIRMADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A 27 DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 1938
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