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Ref Expediente |
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Artículo 1°: Autorizando al cobro sin multa de las patentes de rodados no automotores correspondientes al corriente año, hasta el dia 15 de abril del año en curso. DADA Y FIRMADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A 27 DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 1938.
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