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ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de 25 de Mayo a contratar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, un empréstito por la suma de mil doscientos veinte millones de pesos ($ 1.220.000.000.-), pagaderos en cinco (5) años al dieciocho por ciento (18%) de interés anual con amortizaciones semestrales. ARTICULO 2°: El importe total de la presente operación tendrá el siguiente destino con cargo a vecinos frentistas: a) La suma de doscientos veinticinco millones ($ 225.000.000.-), para pavimento urbano en le localidad de Norberto de la Riestra. b) La suma de cuatrocientos setenta y cinco millones ($ 475.000.000.-), para obras de desagües pluviales en la Planta Urbana de la Ciudad de 25 de Mayo. c) La suma de ciento setenta millones ($ 170.000.000.-), para ampliación de la Red de Agua Corriente en la Planta Urbana de la Ciudad de 25 de Mayo. d) La suma de cincuenta millones ($ 50.000.000.-) para obra de Alumbrado Público a Gas de Mercurio en la Planta Urbana de la Ciudad de 25 de Mayo. e) La suma de trescientos millones ($ 300.000.000.-), destinados a la ampliación de la Red de Electrificación Rural. ARTICULO 3°: En garantía de la presente operación la Municipalidad de 25 de Mayo declara afectadas las rentas provenientes de la coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales, por un monto equivalente al 10% de los créditos, por incobrabilidad. ARTICULO 4°: El empréstito se contratará de acuerdo con lo estipulado por el Artículo 32° de la Carta Orgánica del Banco de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 5°: El Departamento Ejecutivo deberá prever en el Presupuesto del año 1978, las Partidas necesarias para la atención de los importes incobrables que se produzcan (10% de los servicios de la deuda); como así también en los Presupuestos de los años siguientes hasta la total cancelación de la operación. ARTICULO 6°: Cúmplase, regístrese, publíquese.
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Alfredo Julio Harris . Sec. Gob. y Hacienda - Alberto Rogelio Criado - Intendente Municipal.
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