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1
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ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y de pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados; la ejecución de las obras de la red de agua corriente en su ampliación y que afectará a los inmuebles ubicados en las cuadras que a continuación se detallan, del Ejido de la Ciudad de 25 de Mayo: Calle 3 de 36 a 35: 1 cuadra. Calle 3 de 23 a 32: 9 cuadras. Calle 5 de 26 a 23: 3 cuadras. Calle 6 de 24 a 19: 5 cuadras. Calle 7 de 22 a 19: 3 cuadras. Calle 8 de 20 a 19: 1 cuadra. Calle 9 de 20 a 305: 6 cuadras. Calle 10 de 36 a 35: 1 cuadra. Calle 11 de 36 a 35: 1 cuadra. Calle 12 de 36 a 35: 1 cuadra. Calle 13 de 36 a 32: 4 cuadras. Calle 14 de 36 a 31: 5 cuadras. Calle 14 de 29 a 28: 1 cuadra. Calle 303 de 9 a 10: 1 cuadra. Calle 19 de 6 a 9: 3 cuadras. Calle 20 de 6 a 9: 3 cuadras. Calle 22 de 6 a 7: 1 cuadra. Calle 23 de 6 a 7: 1 cuadra. Calle 23 de 10 a 11: 1 cuadra. Calle 24 de 3 a 6: 3 cuadras. Calle 25 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 26 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 28 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 29 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 30 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 31 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 32 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 33 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 33 de 12 a 14: 2 cuadras. Calle 34 de 3 a 4: 1 cuadra. Calle 35 de 12 a 14: 2 cuadras. Calle 36 de 11 a 14: 3 cuadras. TOTAL: 70 cuadras. ARTICULO 2°: El prorrateo del costo total de las obras a que se refiere el artículo anterior, se hará por frente, de acuerdo a los artículos 38° y 68° de la Ordenanza General N° 165. ARTICULO 3°: El pago de las obras, a cergo de los frentistas afectados, podrá efectuarse al contado o a plazos de acuerdo con lo establecido en el artículo 45° de la Ordenanza General N° 165. ARTICULO 4°: Las obras se ejecutarán de acuerdo con la modalidad establecida en el artículo 9° inciso c) de la Ordenanza General N° 165. ARTICULO 5°: A todos los efectos se estará de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza General N° 165. ARTICULO 6°: Cúmplase, regístrese y publíquese.
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Firmas ilegibles.
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