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1
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ARTICULO 1°: Exclúyese el cargo estatuído en la Ordenanza Municipal N° 1452/79 en su artículo 3° para la ejecución del Establacimiento Educacional E.N.E.T. N° 1, donándose, en su consecuencia a favor del Estado Argentino y por su intermedio al Consejo Nacional de Educación Técnica la fracción denominada Catastralmente como: Circunscripción I; Sección F; Parcela 1-b; Quinta 104 y que según plano aprobado por la Dirección de Geodesia bajo el número 109 - 27 - 79 contiene una superficie de 10.000,23 de superficie total. ARTICULO 2°: Sea incvorporada la presente Ordenanza ampliatoria a la Ordenanza N 1452/79 formando ambas un solo cuerpo. ARTICULO 3°: Comuníquese por los medios habituales a las respectivas reparticiones interesadas. ARTICULO 4°: Cúmplase, Publíquese, archívese.
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Alberto Rogelio Criado - Intendente Municipal
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