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ARTÍCULO 1°: Modifícase el Artículo 5° de la Ordenanza N° 1582/83, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "ART. 5°: El plazo para acogerse a la presente Regularización de Deudas con el Municipio vence el día 29 de Febrero de 1984. Los contribuyentes que se acojan a los beneficios de la presente Ordenanza, podrán optar por alguna de las siguientes formas de pago: a) Pago al contado, con fecha de vencimiento al 29 de febrero de 1984, conuna quita del 50% sobre el monto de la actualización de la deuda, y sin intereses. b) Pago hasta en diez (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, del total de la deuda actualizada, con más un recargo del 6% mensual sobre saldos. Las cuotas tendrán los siguientes vencimientos: La primera el día 29 de 29 de Febrero de 1984. Las cuotas subsiguientes vencerán los días cinco (5) de cada mes, a partir del día 5 de Abril de 1984. ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. ARTICULO 3°: Cúmplase, regístrese, y dése a publicidad.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.
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