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Ordenanza Nº 1816/1986 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1816/1986
1
1986-11-24

ARTICULO 1°: El Departamento Ejecutivo iniciará el estudio y planificación para la extracción y renovación del arbolado público en la planta urbana de la Ciudad de 25 de Mayo, de acuerdo con la Ordenanza 1620/84 en sus artículos 3°, 4° y 5°, teniendo en cuenta la gran cantidad de árboles enfermos, la notable afectación a los alérgicos y las roturas producidas por raíces de ejemplares de más de 70 años en veredas y cañerías de servicio público.
ARTICULO 2°: Se planificará, por intermedio de profesionales idóneos en la materia, la extracción y renovación del arbolado público, que deberá efectuarse en un plazo de 10 (diez) años, con extracción no menor del 10% anual dejando en plazas y bulevares el arbolado existente.
ARTICULO 3°: Se renovará el arbolado público con especies de follajes alegres, hojas caducas pequeñas o no, de fácil limpieza y rápido podado, tales como: LAGERSTROEMIA INDICA (Crespón espumilla - Lila), PRUNUS PISSARDI (Durazno en Flor), GINKO BILOBA (Arbol de los 40 Escudos), ROBINIA PSEUDOACACIA - VAR. ROSEA (Acacia rosada), SOFORA PENDULA-MALUS (Manzano en flor), ACER NEGUNDO (Negundo Arce), u otras variedades similares.
ARTICULO 4°: El frentista podrá solicitar la renovación del arbolado correspondiente a su propiedad, siendo por su cuenta los gastos de extracción. La Municipalidad Proveerá la especie de árbol que deberá ser plantada en esa cuadra de acuerdo a la planificación.
ARTICULO 5°: Durante los tres (3) primeros años de la plantación, el frentista será responsable del control de hormigas u otros depredadores, malezas y riego de las plantas que correspondan a su propiedad.
ARTICULO 6°: La Municipalidad adoptará el sistema que considere más conveniente para la extracción y comercialización de la madera, debiendo efectuar el recambio con tierra negra (Aproximadamente un m2) en cada uno de los pozos de los árboles extraídos.
ARTICULO 7°: La Ordenanza 1620/84 tiene plena vigencia en todo su articulado a los efectos que correspondan.
ARTICULO 8°: Cúmplase, regístrese, archívese.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
 

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